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martes, abril 23, 2024
Nacional

Magistrada Impugnó la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos

*Con este se abre la posibilidad de que se presenten más casos.

 

Redacción 

 

Ciudad de México.-  Una magistrada consiguió la suspensión provisional para que no se le reduzca su salario, y sea menor al que ganará Andrés Manuel López Obrador.

Sonia Rojas Castro, magistrada del Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Segundo Circuito, impugnó la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos avalada por el Congreso de la Unión.

La cual establece que ni un servidor público federal gane más que el titular del Ejecutivo Federal.

El juez Décimo de Distrito en Mazatlán, Sinaloa, concedió fue el encargado de resolver el caso con la suspensión bajo el siguiente argumento de garantizar la independencia del Poder Judicial.

“Entonces, al ponderar la afectación que la quejosa pretende evitar (vertiente objetiva) y el bien tutelado de la sociedad, se obtiene que de negarse la medida cautelar se ocasionaría un daño mayor a la sociedad que con el otorgamiento de la misma. Lo anterior, ya que de negarse la suspensión, previsiblemente, se atentaría contra el principio de independencia del Poder Judicial, considerado como una garantía de verdad, libertad, respeto de los derechos humanos y justicia imparcial, libre de influencias externas, ello además en trasgresión directa al artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reconoce el derecho humano de acceso a la justicia. “Disposición constitucional que, en lo que atañe, prevé que las leyes federales y locales establecerán los medios necesarios para que se garantice la independencia de los tribunales y la plena ejecución de sus resoluciones. Además, en el ámbito internacional también se contempla, basta acudir a la publicación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos denominado Garantías para la Independencia de las y los Operadores de Justicia (consultable en la página web www.oas.org) cuyo párrafo treinta, dispone que el principio de independencia del Poder Judicial ha sido reconocido como costumbre internacional y principio general del derecho y ha sido consagrado en numerosos tratados internacionales, por citar alguno, la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 8.1)”

Por otra parte para salvaguardar la independencia judicial, la ley debe garantizar la condición jurídica de los jueces, incluida su permanencia en el cargo por los períodos establecidos, su independencia y su seguridad, así como una remuneración, condiciones de servicio, pensiones y una edad de jubilación adecuadas.  Puntualizó el juzgado.

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