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viernes, abril 26, 2024
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La evolución obligada del derecho a través del fenómeno economico Criptomoneda

El trueque fue el primer sistema económico, consistente en el intercambio directo e inmediato, entre dos partes, con un fin mercantil, es decir, realizar el trueque para adquirir o proveer un bien o servicio y satisfacer una necesidad. 

La introducción del trueque representó un gran cambio sustituyó gradualmente el autoconsumo de lo que se producía y se permitió obtener otros bienes o servicios que el adquirente obtenía a través de la interacción con otros integrantes de la sociedad.

Posteriormente pasamos al dinero. Apareció en las relaciones económicas como el bien más fungible e intermedio que permite el intercambio de bienes y servicios, condujo a un intercambio bilateral, producto por dinero y dinero por producto. 

Ambos fenómenos dieron origen a nuestro sistema monetario físico y de bancos centrales que ha predominado hasta nuestros días. Sin embargo, es hasta el año 2009, con la aparición de la primer criptomoneda, el Bitcoin, la cual es  la moneda digital más conocida y apreciada, que se revolucionó lo hasta entonces conocido, dejando atrás al sistema bancario central y monetario, físico. 

Una criptomoneda, a veces llamada criptodivisa o criptoactivo, es cualquier forma de moneda digital. Las criptomonedas no tienen un banco central responsable de su emisión, sino que utilizan un sistema descentralizado para registrar transacciones y emitir nuevas unidades, cuyo valor es bruscamente variable al no tener un sustento tradicional. A diferencia de lo establecido por Woodrow Wilson en 1913 con la creación de la Reserva Federal estadounidense.

Es así, que se da la creación de un sistema monetario digital, no tangible y sin estar sujeto a las autoridades convencionales. 

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Lo anterior, conlleva a realizar los siguientes cuestionamientos:

¿Por qué llamarlas criptomonedas? Reciben su nombre debido a que usan un cifrado para verificar las transacciones, que significa que una codificación avanzada para almacenar y transmitir datos entre monederos y hacia la llamada cadena de bloques, en el que se forma un registro de todas las transacciones que tienen y actualizan los propietarios de las monedas digitales.

¿Cuál es su origen? Las unidades de criptomoneda se crean mediante un proceso llamado minado, el cual implica utilizar potencia informática para resolver problemas matemáticos complicados que generan monedas no tangibles.

¿Cuáles son sus ventajas? 

  1. La descentralización, no hay una autoridad intermedia, es una transacción directa e inmediata;
  2. Eres el único dueño de tu dinero porque tu código es único e irrepetible; 
  3. La confidencialidad de las operaciones, toda vez que no existen estrictos requisitos o antecedentes previos para ingresar a este mundo digital y transaccional.
  4. Las criptomonedas no son objeto de inflación.

Entonces, nuevamente nos encontramos con un fenómeno que dejó rezagadas a nuestra legislación y autoridades competentes, porque la exigencia de un medio digital de transacción confidencial, inmediata y segura, volverá obsoleta la centralidad económica que respalde el dinero con bienes tangibles y apreciables en monedas validadas. Por ello, en este 2022, veremos al derecho obligado a actualizarse y positivizar, en la medida de lo posible, este nuevo sistema monetario digital; principalmente para evitar las apreciaciones o devaluaciones tan bruscas y velando porque la confidencialidad de las transacciones no sea un factor de riesgo para la seguridad pública, al ser un método que se presta para financiar actividades ilícitas.

Nuevamente, la sociedad le gana al derecho. Por ello, debemos evolucionar de procesos legislativos de contención a la previsión de los fenómenos. Es decir, conforme nazca el fenómeno, es preciso ajustar nuestro marco jurídico, siempre perfectible, pero podrá ser contemporáneo de las circunstancias y no una consecuencia posterior.

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