martes, octubre 8, 2024
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Solo hasta los 60 años adultos mayores estarán obligados a prestar servicio en su comunidad

Solo hasta los 60 años adultos mayores estarán obligados a prestar servicio en su comunidad

*Para proteger la dignidad de las personas en la vejez, el Congreso local reformó tres artículos de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores de Oaxaca.

San Raymundo Jalpan, Oax. 6 de noviembre de 2022.- Para garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas adultas mayores en Oaxaca, el Pleno de la 65 Legislatura local aprobó tres reformas a la ley en materia, en su primer año de trabajo.

Con la modificación al artículo 26 de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas Adultas Mayores de Oaxaca, quedó establecida la edad máxima de 60 años para que un ciudadano preste servicio a su comunidad.

Después de esa edad, ningún poblador estará obligado a cumplir con tequios, cargos, comisiones, cooperaciones u otros trabajos comunitarios en los municipios regidos por Sistemas Normativos Internos; a excepción de que lo haga voluntariamente.

De esta manera, se busca que las personas vivan con dignidad su etapa de la vejez, donde se les respeten sus derechos humanos, la salud, y su capacidad física.

Debido a ello, los ayuntamientos junto con las autoridades auxiliares deberán proteger la vida de este sector de la población.

Por otra parte, para castigar el maltrato hacia los adultos mayores, se modificó el artículo 7 Bis de esta misma norma, para tipificar la violencia familiar que viven las personas en la etapa de envejecimiento, con el fin de sancionar este delito.

Este cambio legislativo es fundamental para la protección de este grupo de la población, ya que cuando las personas adultas son maltratadas viven alteraciones en el control de sus enfermedades crónicas, y son dañadas psicológicamente, lo que les causa además depresión, temor, ansiedad, pérdida de autonomía y estrés.

Y precisamente para garantizar que éstas tengan las condiciones de una vida sana, también se reformó el artículo 11 de dicha ley, para que sea siempre una obligación de la familia atender las necesidades psicoemocionales o enfermedades neurodegenerativas de la persona adulta mayor, y no solo cuando ésta se encuentre en alguna institución pública y privada, sea albergue, casa hogar o cualquier centro de atención.

De esta manera, desde el Poder Legislativo se reforzó la ley para proteger la dignidad de las personas adultas mayores, que en el estado hay más de 473 mil 731 habitantes de este sector de la sociedad, de acuerdo con la Dirección General de Población de Oaxaca (DIGEPO).