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viernes, mayo 3, 2024
Columnas

¿Qué es el consentimiento y cuándo es violación? Esto dice el Código Penal y la Corte

Tras las recientes acusaciones de abuso o violación hacia diversas figuras públicas, surgió el debate sobre el consentimiento; aquí te explico en qué consiste y cuándo se considera violación.

Escuché muy atento la narración de Nath Campos, genuina, elocuente y del corazón, en la que describe la atrocidad, de contexto y consecuencias, de una violación. Te explico qué es el consentimiento y cuándo se considera violación equiparada según el Código Penal y la Corte.

Más que una denuncia -que sí la realizó ante las autoridades-, Nath Campos presentaba la visión de la superviviente sobre la normalización del delito, de la revictimización cercana y, sobre todo, de cómo el constructo social machista nos lleva a que la misma víctima se culpe, que la sociedad lo refuerce y que el hecho se almacene en la psique sin procesarlo.

Una discusión se desarrolló en mi cabeza de abogado respecto de las diferentes posibilidades de consenso en un acto sexual, mezclado con el alcohol o estupefacientes, tanto en la víctima como en el victimario o en ambos.

Existen casos con un grado más claro de resolución, por ejemplo, cuando se ejerce violencia física sobre la mujer; pero ¿qué sucede jurídicamente respecto del consentimiento, cuándo los dos sujetos se encuentran bajo la influencia de alguna substancia que limita su capacidad de decisión?

Los Códigos Penales equiparan a la violación, a quien sin violencia, realice cópula con una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo. Las penas se aumentan si el delincuente se aprovecha de la confianza depositada en él.

Durante 2020, se denunciaron 4 mil 225 casos de violación equiparada, casi 12 diarios. El mes más violento fue octubre y los estados con mayor incidencia delictiva fueron México, Ciudad de México e Hidalgo. Asimismo, se recibieron 46 llamadas diarias al 911 por emergencias de acoso, abuso o violación.

La Suprema Corte ha establecido que consentir es expresar lo que uno quiere o acepta, partiendo de las opciones, circunstancias y valoraciones a nuestro alcance y que se pueda presumir, razonablemente, que se tuvo la habilidad cognitiva para enteder las consecuencias del acto.

Así, se puede “querer” o “aceptar” la conducta sexual, pero no consentirla. Las personas que se encuentran inconscientes o cuasi inconscientes pueden padecer o tolerar la agresión, pero no la consienten.

Buscando información, me encontré con una página sobre paternidad responsable, donde se brindaba ejemplos prácticos a los hijos. La actividad sexual, sin consentimiento, es una agresión o violación. El consentimiento se da libremente, es entusiasta, específico y se otorga estando informado.

Cuando suceden casos de agresión sexual, sin violencia física o coerción aparente, generalmente nadie, ni las personas cercanas, ni las autoridades, le otorgan el grado de importancia y urgencia que reviste, lo que lleva a la víctima a creer que en realidad no fue tan relevante, a culparse y a inhibir, por completo, la posibilidad de poner en manos de las autoridades los hechos y elementos necesarios para evitar la impunidad y avanzar en el camino de la justicia y de la libertad interior.

El sentido común debe imperar. Debemos concientizar y reforzar, desde la educación y a edad temprana, los parámetros del consentimiento. El no es NO y el sí es reversible.

POR JOSÉ LUIS AYOUB
DR.ECHOSHUMANOS@OUTLOOK.COM
@JLAYOUB

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