Desde la ley, facultan a Secretarios Municipales para que convoquen a sesiones de Cabildo
Desde la ley, facultan a Secretarios Municipales para que convoquen a sesiones de Cabildo
*Se agrega la fracción III al artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
San Raymundo Jalpan, Oax. 30 de agosto de 2022.- Con 25 votos, el Congreso de Oaxaca aprobó una modificación al artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal del Estado, para facultar jurídicamente al Secretario Municipal de cada ayuntamiento como el responsable de convocar a las sesiones de Cabildo.
Lo anterior, debido a que, aunque en la práctica es el Secretario quien comunica sobre las sesiones a los integrantes de los ayuntamientos, en la ley no estaba establecido como una de las responsabilidades de esta figura municipal.
Al no estar facultado desde la ley anteriormente, las notificaciones hechas por el Secretario Municipal eran ignoradas por los demás integrantes del ayuntamiento, señala el legislador Nicolás Enrique Feria Romero, del grupo parlamentario de Morena, quien presentó la iniciativa de reforma.
Por tal motivo, argumentó, era necesario ampliar las responsabilidades del Secretario Municipal en la legislación, para darle legalidad, certeza y seguridad jurídica.
Ahora en la norma se agregó una tercera fracción al artículo 92 que establece como responsabilidad de este servidor público el “emitir y notificar con la debida anticipación que señala el artículo 46 de esta ley, las convocatorias para la celebración de las sesiones de cabildo”.
Esto aplicará para los 570 municipios de Oaxaca, de los cuales, en 153 ayuntamientos los cargos se eligen por el régimen de partidos políticos y 417 a través de Sistemas Normativos Indígenas. Su regulación es la Ley Orgánica Municipal del Estado, el cual es de orden público y establece la competencia, facultades y deberes que corresponde al gobierno municipal.