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viernes, mayo 3, 2024
Nacional

Usar drones como armas o para espionaje podría costarte 40 años en la cárcel, aquí la iniciativa

El presidente la envió al Congreso para castigar con multas de hasta 124 mil pesos a quien use estos aparatos para causar daño o transportar drogas

El presidente Andrés Manuel López Obrador envió una iniciativa al Congreso para clasificar a los drones modificados como armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, con lo cual se castigará hasta con 40 años de prisión y hasta 124 mil pesos de multa el uso de drones para causar daño, espiar o transportar drogas

En su propuesta, el Gobierno federal detalló que el 23 de febrero de 2022, la Secretaría de la Defensa Nacional detectó sobrevuelo de drones no autorizados en la zona de Palacio Nacional, por lo que se instaló un sistema antidrones, para evitar el uso de estos artefactos con explosivos, venenos, o bien espionaje o hackeo. 

Sin embargo, no todos los drones serán clasificados e incluidos en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Solamente las aeronaves pilotadas a distancia adaptadas para transportar, activar y detonar explosivos, artefactos explosivos, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por sí solas o combinadas sean susceptibles de usarse como explosivos.

Envío una iniciativa para clasificar a los drones modificados como armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército. Foto Cuartoscuro

 También se incluyen como armas de uso exclusivo del Ejército a las aeronaves o drones no tripulados que se utilicen con el objetivo de espiar al Gobierno Federal y privados. Eso tiene el objetivo de que no se usen drones para fotografiar, grabar audios o video de servidores públicos con la finalidad de precisar su ubicación y ejecutar agresiones en su contra. https://d-36550871351854251876.ampproject.net/2307150128000/frame.html

Además, se castigará con pena de prisión de cinco a 10 años a quien importe, manufacture, arme, adquiera o adapte aeronaves pilotadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos, armas, narcóticos, drogas sintéticas y de más materiales regulados por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. 

Asimismo, se castigará con prisión al que mediante violencia, amenaza o engaño  se apodere o ejercer el control de una plataforma fija, instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima, de puertos que presten servicios a la aviación civil, así como de una nave, aeronave, máquina o tren  ferroviarios, autobuses o cualquier otro medio de transporte público colectivo interestatal o internacional para desviar su curso o destino

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