sábado, octubre 5, 2024
PolíticaTuxtepec

Represión contra locatarios del Avante suficiente para la destitución del presidente municipal de Tuxtepec afirman abogados

*Irineo Molina Espinoza y su cabildo violaron la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Tuxtepec, Oax.- Los abogados Mario Alán Rodríguez Santos y Pablo Mariano Ibáñez coincidieron que los actos cometidos por el Gobierno Municipal contra los locatarios del mercado Avante que fueron desalojados por la fuerza pública son suficientes para la destitución del presidente municipal ya que se violentaron derechos humanos al no realizar el procedimiento administrativo respectivo toda vez, que el presidente municipal llevó a cabo actos inconstitucionales.

Los juristas comentaron que el Artículo 16 establece que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado lo cual; el acto que se realizó por parte de la policía municipal no tiene fundamento legal por haber omitido un procedimiento administrativo en primer lugar y, por otro lado la autoridad administrativa en este caso el Ayuntamiento no esta facultado para ordenar un desalojo porque entonces estamos hablando que se esta haciendo justicia por su propia mano.

Sin son posesionarios

En torno a la situación legal relacionada a quien es poseedor del inmueble detallaron que en este caso el Ayuntamiento tiene una posesión originaria y los locatarios tienen una posesión derivada (Art. 800 del Código Civil para el Estado de Oaxaca). Lo cual les da derecho a que se les notifique y se les de garantía de audiencia para que puedan oponerse con excepciones al acuerdo de cabildo, lo cual jamás se les notificó por escrito.

Explicaron que la garantía de audiencia viene plasmado en el Artículo 14 Constitucional de ser oído y vencido en juicio, ya que el presidente municipal argumenta que los locatarios se encuentran de forma ilegal, por lo tanto tendría que haber acudido a las instancias legales como es el Ministerio Público o en su caso el juzgado civil y; ya sería un juez que en su momento determinaría quien tendría la razón.

Cabe hacer mención que el Gobierno Municipal no tiene esa facultad de emitir resoluciones ya que es un órgano administrativo.

Cabildo Ilegal

Así mismo explicaron que se violenta el artículo 50 de la Ley Orgánica Municipal en primer lugar porque el acta de cabildo (Acta Ordinaria 7) todavía no pasa a firma como lo reveló la regidora Nely Santiago Parada en entrevista para este medio y, en segundo lugar se observó que en la Sesión Ordinaria numero 8 de cabildo; en el orden del día omitieron el punto de aprobación del acta anterior (La sesión donde acordaron el «RESGUARDO»), por lo tanto no esta aprobada y mucho menos firmada.

Pese a ello el presidente municipal ejerció todos esos actos ilegales en contra de los ciudadanos, niños y niñas que se encontraban en el interior del Mercado Avante causando daños, lesiones, robo y privación ilegal de la libertad de 3 personas.

Por otro lado en esa acta de cabildo se habla de un resguardo no de un desalojo o despojo y mucho menos de una evacuación como lo manejó el presidente en rueda de prensa por lo que todo lo ocurrido se encuentra fuera de la Ley.

El Dictamen

En cuanto al dictamen que fue rendido mediante oficio DPCM/015/2022 por el ingeniero Francisco Javier Hernández López director de la Unidad de Protección Civil Municipal y Secretario Técnico del Consejo Municipal de Protección Civil carece dicho documento del número de cédula profesional de quien lo realizó.

«Todo dictamen debe contener número de cedula profesional y la ingeniería en que se desempeña quien lo realiza además, en estos casos se debe contar con una especialización para poderlo emitir».

Ante esta situación los abogados expresaron que en este Gobierno Municipal hay una incapacidad muy clara para gobernar Tuxtepec por falta de conocimientos jurídicos. Y ese actuar del presidente municipal es el de un tirano y represor donde no agotó el dialogo y no garantizó el Estado de Derecho.